Cuando un trabajador fallece a consecuencia de una enfermedad profesional antes de que se fije judicialmente su indemnización, surgen interrogantes críticos sobre los derechos de sus herederos y la responsabilidad de la empresa. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 1327/2024, de 9 de diciembre, ofrece un criterio claro sobre este aspecto, estableciendo cómo debe interpretarse la aplicación del artículo 45 del Real Decreto Legislativo 8/2004.
En Algora & Bada Legal, como expertos en derecho laboral, analizamos las implicaciones de esta resolución tanto para los trabajadores como para las empresas, con el objetivo de ayudar a nuestros clientes a tomar decisiones informadas en situaciones similares.
El caso resuelto por la STS 1327/2024 tiene su origen en la exposición prolongada de un trabajador al amianto durante su empleo en una empresa de fabricación de electrodos de grafito entre 1970 y 2002. En 2017, fue diagnosticado con carcinoma microcítico de pulmón y, en 2018, se le reconoció una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional.
Ante esta situación, el trabajador demandó a la empresa reclamando una indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, falleció en julio de 2019 antes de que se dictara sentencia. Su viuda e hijos continuaron el proceso, acumulando su propia reclamación como perjudicados por la muerte.
El Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona condenó a la empresa al pago de más de 370.000 euros, resolución que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra. No obstante, el TSJ rechazó la aplicación del artículo 45 del RDL 8/2004, considerando que la indemnización ya estaba fijada al haberse presentado una reclamación judicial.
El Tribunal Supremo aborda varios aspectos fundamentales en su resolución:
El TS aclara que la mera presentación de una demanda no implica que la indemnización esté fijada. Para ello, es necesario que haya sido determinada mediante un acuerdo entre las partes o una resolución judicial firme. Esto significa que si el trabajador fallece antes de que se emita dicha resolución, la indemnización a los herederos se rige por las normas del artículo 45 del RDL 8/2004.
La STS reconoce el uso orientativo del baremo de tráfico en el derecho laboral, pero enfatiza que si los órganos judiciales lo aplican, deben hacerlo en su totalidad, incluyendo el artículo 45.
El TS señala que la declaración de incapacidad permanente supone, salvo prueba en contrario, la estabilización de las lesiones del trabajador, conforme al artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Si el trabajador fallece antes de que la indemnización sea fijada judicialmente, sus herederos solo podrán reclamar la compensación establecida en el artículo 45 del RDL 8/2004, lo que puede suponer una reducción significativa en la cantidad esperada.
La sentencia refuerza la importancia de interponer la reclamación lo antes posible y buscar soluciones extrajudiciales que permitan fijar la indemnización antes de que ocurra el fallecimiento.
La sentencia ofrece mayor seguridad jurídica a las empresas, al establecer criterios claros sobre la aplicación del artículo 45.
A partir de este fallo, las empresas podrán prever con mayor exactitud el impacto económico de este tipo de reclamaciones.
Se proporciona un criterio uniforme sobre la aplicación del baremo de tráfico en el derecho laboral, facilitando la toma de decisiones en casos similares.
La STS 1327/2024 subraya la complejidad de la reclamación de indemnizaciones en casos de enfermedad profesional y fallecimiento del trabajador. Por ello, es fundamental contar con el asesoramiento de expertos en derecho laboral.
En Algora & Bada Legal, abogados en Madrid y Valencia, contamos con un equipo de letrados especializados que pueden guiar tanto a trabajadores como a empresarios en estos procesos, asegurando la mejor estrategia jurídica en cada caso. Si tienes dudas sobre tu situación o deseas asesoramiento específico, no dudes en contactar con nosotros.
Real Decreto Legislativo 8/2004, artículo 45: Regulación de la indemnización en caso de fallecimiento del lesionado.
Ley General de la Seguridad Social, artículo 193: Determinación de la estabilización de lesiones.
STS 1327/2024, de 9 de diciembre: Interpretación del concepto de "indemnización fijada" y aplicación del baremo.
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